{"id":33722,"date":"2019-11-23T19:25:39","date_gmt":"2019-11-23T22:25:39","guid":{"rendered":"https:\/\/informateesquina.com\/?p=33722"},"modified":"2019-11-23T19:25:39","modified_gmt":"2019-11-23T22:25:39","slug":"el-gobernador-valdes-decreto-la-creacion-de-la-tarifa-social-electrica-correntina","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/informateesquina.com\/?p=33722","title":{"rendered":"El gobernador Vald\u00e9s decret\u00f3 la creaci\u00f3n de la &#8220;Tarifa Social El\u00e9ctrica Correntina&#8221;"},"content":{"rendered":"<p class=\"x_MsoNormal\" style=\"text-align: center;\"><strong><em>El gobernador Gustavo Vald\u00e9s firm\u00f3 el Decreto N\u00b0 3333, por el cual se crea la &#8220;Tarifa Social El\u00e9ctrica Correntina&#8221; para &#8220;atender a los sectores sociales vulnerables de toda la Provincia&#8221;. Los beneficiarios tendr\u00e1n significativos descuentos en sus facturas y quienes ya estaban en la tarifa social derogada por el Gobierno nacional, ahora acceder\u00e1n a esta medida provincial en la que se incluyen en general quienes perciben menos de dos salarios m\u00ednimos.<\/em><\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p class=\"x_MsoNormal\">El interventor de la Direcci\u00f3n Provincial de Energ\u00eda de Corrientes (DPEC), Alfredo A\u00fan, se\u00f1al\u00f3 al respecto que &#8220;del universo de usuarios de tipo residencial que tiene la DPEC, la mitad consume unos 600 kw\/h bimestrales. Esto significa que pagan alrededor de 1250 pesos mensuales. Con la tarifa social y con el mismo consumo (600 bimestrales), los beneficiados pagan unos 370 pesos mensuales&#8221;. En tanto, quienes posean la Tarjeta Verde, al momento de pagar su factura, acceder\u00e1n a un 10 por ciento de descuento adicional.<\/p>\n<p class=\"x_MsoNormal\">Entre los considerandos de esta medida, se establece que &#8220;el Poder Ejecutivo considera oportuno y conveniente el dictado de este Decreto para que los sectores m\u00e1s vulnerables de la provincia de Corrientes no dejen de usufructuar del servicio el\u00e9ctrico, por ser el mismo de car\u00e1cter p\u00fablico esencial que hace a la mejor calidad de vida de cada uno de sus habitantes&#8221;. Es as\u00ed que la DPEC confeccion\u00f3 un nuevo esquema de tarifa social aplicable a los usuarios, facultando el Poder Ejecutivo a este organismo a &#8220;disponer lo necesario para la implementaci\u00f3n, en forma gradual y progresiva&#8221;.<\/p>\n<p class=\"x_MsoNormal\">La DPEC estableci\u00f3 que &#8220;para continuar con la aplicaci\u00f3n total o parcial de algunos de los beneficios derogados por la Resoluci\u00f3n de la Subsecretar\u00eda de Gobierno de Energ\u00eda de la Naci\u00f3n N\u00ba366\/18, es necesario que el Estado provincial asuma los costos de su implementaci\u00f3n&#8221;. El organismo sostuvo que para ello &#8220;se realizaron reuniones con otros estamentos gubernamentales para la elaboraci\u00f3n de un proyecto alternativo que tenga el menor impacto posible sobre los usuarios en cuesti\u00f3n, sin que se resienta el servicio el\u00e9ctrico prestado por esta DPEC&#8221;.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p class=\"x_MsoNormal\"><b>Criterios de inclusi\u00f3n<\/b><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p class=\"x_MsoNormal\">La DPEC estableci\u00f3 como criterios para acceder a esta nueva Tarifa Social El\u00e9ctrica Correntina: &#8220;Ser jubilado o pensionado o trabajador en relaci\u00f3n de dependencia que perciba una remuneraci\u00f3n bruta menor o igual a dos (2) Salarios M\u00ednimos Vitales y M\u00f3viles. Ser trabajador `monotributista` inscripto en una categor\u00eda cuyo ingreso anual mensualizado no supere en dos (2) veces el Salario M\u00ednimo Vital y M\u00f3vil. Ser beneficiario de una Pensi\u00f3n no Contributiva y percibir ingresos mensuales brutos no superiores a dos (2) veces el Salario M\u00ednimo Vital y M\u00f3vil. Ser titular de programas sociales. Estar inscripto en el R\u00e9gimen de Monotributo Social. Estar incorporado en el R\u00e9gimen Especial de Seguridad Social para empleados del Servicio Dom\u00e9stico (26.844). Estar percibiendo el seguro de desempleo. Ser titular de una Pensi\u00f3n Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atl\u00e1ntico Sur. Contar con certificado de discapacidad expedido por autoridad competente. Tener el titular o uno de sus convivientes una enfermedad cuyo tratamiento implique electrodependencia. En los casos en que un titular que se encuadre dentro de los criterios de elegibilidad posea m\u00e1s de un suministro residencial a su nombre, solo puede acceder al beneficio en uno de ellos, para lo cual debe acreditar en cu\u00e1l de ellos reside&#8221;.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p class=\"x_MsoNormal\"><b>Criterios de exclusi\u00f3n<\/b><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p class=\"x_MsoNormal\">Asimismo, la DPEC estableci\u00f3 los siguientes criterios como causales de quedar excluido del beneficio: \u201cRegistro de Propiedad Inmueble \u2013 resultan excluidos aquellos titulares de m\u00e1s de uno. Padr\u00f3n de Automotores \u2013 resultan excluidos aquellos cuyos modelos tengan hasta diez (10) a\u00f1os de antig\u00fcedad. Este criterio no aplica a quienes posean certificado de discapacidad o electrodependencia. Embarcaciones de lujo \u2013 resultan excluidos quienes posean aeronaves o embarcaciones de lujo. Contar el suministro, al que se aplica el beneficio, con dos o m\u00e1s facturas impagas a los vencimientos respectivos. Registrarse un fraude en cualquier suministro a nombre de un titular beneficiario, cualquiera fuera la modalidad o forma en la que se realizara (anormalidad en el contador de energ\u00eda, derivaci\u00f3n, etc.). Detectar cualquier maniobra, acci\u00f3n u omisi\u00f3n que de modo directo o indirecto implique una simulaci\u00f3n o enga\u00f1o al sistema que impone la norma&#8221;.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El gobernador Gustavo Vald\u00e9s firm\u00f3 el Decreto N\u00b0 3333, por el cual se crea la &#8220;Tarifa Social El\u00e9ctrica Correntina&#8221; para &#8220;atender a los sectores sociales vulnerables de toda la Provincia&#8221;. 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