Tras finalizar la primera jornada del nuevo juicio en el Tribunal Oral Penal Nº1 el abogado de la contra Raúl Escalante, acusado del delito por supuesto “homicidio agravado mediando violencia de género”, el abogado de la familia de Tamara Salazar contó “Escalante no puede estar en libertad, pero el tribunal entiende que no hay motivos para ordenar su detención”.

El Dr. Hermindo González abogado de la familia de Tamara Salazar habló con Radio Sudamericana tras la finalización de la primera jornada de debates del nuevo juicio contra Raúl Escalante, acusado del delito por supuesto “homicidio agravado mediando violencia de género”
“Escalante no puede estar en libertad, hoy llevé adelante sobre el planteo de resolución por los motivos que expuse en su momento pero el Tribunal entiende que hay motivos para ordenar la detención de Escalante, pese a que ínsito es una persona que se encuentra procesada con prisión preventiva pero inexplicablemente en libertad, eso surge del fallo que dictó oportunamente el Superior Tribunal de Justicia anulando la sentencia que lo absolvió y ordenó su libertad”, detalló el letrado.
Asimismo aclaró “iré al Superior Tribunal de Justicia para pedir que hagan cumplir sus sentencia, hoy se rechazó el l planteo de nulidad efectuado por mi parte y se dio inicio al debate oral y público con la lectura de la pieza acusatoria de la fiscal y no se pudo avanzar en otra dirección”
En tanto que informó “se fijó una nueva fecha para el jueves 13 a las 8 de la mañana, donde se dará lectura de la querella que interpuse inicialmente y seguramente se invitará a Escalante a aprestar declaración de imputado”
“Hay una sentencia del Superior Tribunal de Justicia que coloca la situación procesal en una situación de procesado con prisión preventiva ,de un delito que tiene una pena en expectativa de reclusión perpetua, la verdad es inexplicable desde la lógica y desde el derecho que mantenga su libertad”, expresó el abogado.
En este sentido agregó “es la rimara vez en la historia de la Justicia correntina que una persona acusada de un delito como homicidio calificado, llegue a juicio en libertad y se mantiene en libertad pero bueno esperemos que estos criterios garantistas sean aplicados al resto de la comunidad que por delitos muy menores llegan a debate siempre detenidos”
En sus argumentos, los integrantes del Tribunal consideraron que la nulidad planteada respecto de la Resolución Nº277, no encuadraba en ninguno de los supuestos del Art. 170 del C.P.P., sin que el doctor González hubiera demostrado el agravio o interés que se encuentra comprometido con la resolución cuya nulidad pretende.
A juicio del Tribunal la querella realiza una errónea interpretación, respecto de la Sentencia del S.T.J., toda vez que el Máximo Tribunal Provincial por Resolución Nº 45 de fecha 10 de junio de 2019 declaró la nulidad de la Sentencia recaída en el juicio anterior y por la cual se absolvió al imputado, y en ningún momento se expidió respecto de la libertad del mismo, pues ello constituye una medida cautelar incidental de la causa principal.
El TOP entendió que otorgarle un alcance diferente constituiría una interpretación perjudicial para la parte (in malam partem) contraria al principio de legalidad en cuanto al mandato de ley estricta y el principio pro-persona (pro homine) (art. 5 P.I.D.C.yP. y Arts. 5 y 29 de la C.A.D.H.)
En abril de 2018, fue absuelto de culpa y cargo Raúl Escalante por la mayoría de los integrantes del TOP1, desde entonces la querella fue a casación. Y en septiembre del mismo año el titular del Superior Tribunal de Justicia declaró que “es nulo y arbitrario el fallo que absolvió a Escalante”, por lo que ordenó un nuevo debate con nuevos integrantes del Tribunal.
Desaparición y asesinato
Tamara tenía 19 años cuando el 12 de enero de 2016 salió de su casa del barrio capitalino San Marcos para encontrarse con un hombre. Era Escalante. Tuvieron un encuentro íntimo, situación que reconoció en su oportunidad el imputado y luego la muchacha desapreció.
Fue hallada al día siguiente cerca de las 5:30 sin vida en un zanjón, por Ruta provincial Nº5 kilómetro 42. El único imputado fue Raúl Escalante.

























