La iniciativa, firmada por Guillermo Francos y Mariano Cúneo Libarona, eleva las penas mínimas y amplía las figuras penales. La propuesta contempla hasta 25 años de prisión en casos con víctimas fatales y la inhabilitación para funcionarios involucrados.
El Gobierno nacional presentó en el Congreso un proyecto de ley que endurece las penas para quienes provoquen incendios, con el objetivo de modificar los artículos 186 y 189 del Código Penal. La iniciativa, que ingresó este miércoles por Mesa de Entradas, lleva las firmas del jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y del ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona.
El proyecto eleva la pena mínima de tres a cuatro años, haciéndola no excarcelable, y establece un máximo de 25 años de prisión en casos en los que se produzca al menos una muerte. Además, amplía el alcance de los delitos castigados, incorporando figuras como derrumbes, liberación de tóxicos, emisión de radiaciones y otros procesos destructivos capaces de causar estragos.
“En distintos puntos de nuestro país se están produciendo una gran cantidad de incendios que generan enormes daños y afectan la propiedad de los argentinos, su integridad física y, en ciertos casos, su vida”, señala el texto, que denuncia un “clima de irresponsabilidad penal, en el que cometer un delito no conlleve una sanción real”.
En casos donde los incendios afecten bienes específicos, como bosques, parques nacionales, yacimientos arqueológicos o patrimonio cultural, la pena máxima será de 15 años. También se impondrán penas agravadas cuando el delito sea cometido por tres o más personas, con habitualidad o con el objetivo de intimidar a una autoridad pública.
El proyecto estipula que, si el responsable es un funcionario público, se le aplicará una pena accesoria de inhabilitación para ejercer cargos por el doble del tiempo de la condena.
Radio Sudamericana




















